La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) informó que aplicará las medidas previstas en la normativa vigente si se concreta la suspensión del servicio de transporte público anunciada por la Federación Nacional de Cooperativas de Transporte Público de Pasajeros del Ecuador (FENACOTIP), prevista desde las 00:00 del viernes 3 de julio de 2026.
La decisión del gremio consta en la Circular No. 037-SEF-AGAF-2026, dirigida a las uniones provinciales y operadoras afiliadas. En el documento, FENACOTIP argumenta que el sector enfrenta una crisis económica, con ingresos que, según señala, no permiten sostener la operación del transporte intra e interprovincial. Además, indica que la medida se fundamenta en el derecho constitucional de resistencia mientras no existan respuestas de las autoridades.
Respuesta oficial
Frente al anuncio, la ANT recordó que la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial considera una infracción administrativa muy grave la interrupción o suspensión del servicio sin una causa legalmente justificada. La entidad precisó que esta conducta puede ser sancionada con una multa equivalente a ocho remuneraciones básicas unificadas.
La institución también señaló que la Resolución No. 049-DIR-2014-ANT establece que los contratos de operación prohíben la suspensión del servicio, salvo en situaciones de fuerza mayor, caso fortuito o por disposición de la autoridad competente. En ese contexto, indicó que, si se verifica una paralización injustificada, iniciará los procedimientos administrativos correspondientes, respetando el debido proceso y el derecho a la defensa.
Posibles medidas
La ANT añadió que, cuando el interés público resulte afectado, la normativa faculta a la autoridad para adoptar medidas cautelares. Entre ellas constan la intervención de las operadoras, la suspensión de rutas o unidades, la revisión técnica extraordinaria de los vehículos y la revaluación de conductores.
Además, explicó que, de acuerdo con la gravedad de la infracción, podrían aplicarse otras sanciones contempladas en la ley, como la reversión de rutas, frecuencias o del título habilitante. Finalmente, la entidad reiteró su compromiso de garantizar la continuidad del servicio de transporte terrestre y el derecho de la ciudadanía a una movilidad permanente.
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