“Estamos viviendo en un estado, prácticamente, de guerra en contra del terrorismo, no son grupos de delincuencia organizada, son terroristas, que se financian con el narcotráfico, tráfico de personas , armas y es momento de combatirlos de frente” señaló el Presidente de la República, Daniel Noboa.
El escenario de violencia que vive el país provocó que el Gobierno Nacional, en martes pasado, declare la existencia de un “conflicto armado interno”. Esto significa un llamado a la guerra contra los grupos delincuenciales que aterrorizan al país. Ahora los militares podrán salir a las calles y combatirlos.
El Jefe de Estado, en una entrevista en un medio de comunicación capitalino, también, fue claro al señalar que funcionarios del sistema judicial beneficien a delincuentes, serán considerados como terroristas.
¿Qué significa conflicto armado interno? ante terrorismo
En el decreto presidencial se señala a estos grupos como terroristas, ya no como delincuentes. Es así que, más de 20 grupos serán combatidos por las fuerzas del orden.
Diario EL NORTE, consultó sobre este tema a Mauricio Alarcón, coordinador. Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, quien indicó que los conflictos armados están regidos por normas del Derecho Internacional.
“Hablamos de un enfrentamiento violento entre dos bandos que generalmente provocan muerte y destrucción material”, dijo el experto.
Explicó que el conflicto armado interno se refiere al enfrentamiento de las dos partes, las cuales están en un mismo Estado, que puede ser o no estatales.
“En el decreto emitido se utilizan términos como: conflicto armado interno, grupos beligerantes no estatales, el término del Derecho Internacional Humanitario. Además, se señala en el último artículo del decreto, que se habilita a las FF.AA. llevar a cabo acciones respectivas, como son objetivos militares” explicó Alarcón.
Se activan artículos del derecho nacional e internacionales
De igual manera, para el constitucionalista, Carlos de Tomaso, señaló en una entrevista en un medio nacional, que primero, el Jefe de Estado adicionó al estado de excepción la causal de conflicto interno armado. “Dentro del menú de potestades que tiene el presidente, se va a justificar el uso de herramientas más potentes. El conflicto armado le abre más posibilidades dentro al ejercicio de todas las facultades”, dijo el experto.
El experto indicó que declarar al Estado en conflicto armado trae repercusiones como: activación de las Fuerzas Armadas para controlar y atacar los objetivos militares.
Segundo, se activa una serie de convenios internacionales que regulan los conflictos armados, por ejemplo, la Convención de Ginebra, donde existen reglas de guerra, que tienen como principal objetivo proteger a la sociedad civil y establecer zonas de protección.
Tercero, se posibilita el uso de la fuerza, que será regida por principios como la legalidad, la necesidad y la proporcionalidad, esto en situaciones de alto riesgo.
El jurista, también, se indicó que se activa un capítulo del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sobre delitos especiales en situación de conflicto, donde se establece quienes son las personas protegidas.
De Tomaso dijo que policías y militares podrán utilizar la fuerza letal, pero la misma está regida por principios del Derecho Internacional que se deben cumplir.