IBARRA.- El habeas corpus es el recurso más usado en la actualidad por los procesados, en especial personas cuyas realidades han causado conmoción a nivel nacional. Sin embargo, en muchos de los casos, podría existir un ‘abuso’ al conceder la libertad amparados en esta normativa, ya que el habeas corpus es una acción puesta a disposición de cualquier persona que se considere ilegal, arbitraria o ilegítimamente privada de su libertad a fin de que sea llevado, de forma inmediata ante la autoridad respectiva, para que sea ésta quien resuelva sobre la legalidad de la detención determinando si esta privación debe terminar o continuar, más no una herramienta para recuperar de forma dudosa la libertad.
El habeas corpus preventivo es cuando toda persona en trance inminente de ser privada ilegalmente de su libertad física, podrá recabar el examen de la legitimidad de las circunstancias que, a criterio del afectado, amenacen su libertad, así como una orden de cesación de dichas restricciones, como es la boleta de excarcelación.
El habeas corpus reparador es cuando toda persona que se hallase ilegalmente privada de la libertad puede recabar la rectificación de las circunstancias del caso.
Mientras que en el habeas corpus genérico se podrán demandar la rectificación de las circunstancias que, no estando contemplados en los dos casos anteriores, restrinjan la libertad o amenacen la seguridad personal.
La Fiscalía General del Estado y el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI). Para Fiscalía, estas acciones constituyen un evidente abuso del derecho, determinado en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, mientras el SNAI exhorta a la Función Judicial a enmarcar su accionar conforme la ley. Además, señala que han garantizado el debido proceso de los detenidos.
En el Ecuador esta figura comenzó a ser mal utilizada después de que se concedió el recurso a Jorge Glas, al narcotraficante holandés Vokshi Nezdets y a Júnior Roldán Paredes, alias Jr., líder de ‘Los Choneros’.
Analizando las tres decisiones, el presidente Guillermo Lasso señaló que no permitiá que Ecuador se convierta en un Estado sitiado por bandas de narcotráfico auxiliadas por jueces, ya corruptos, ya cobardes, que en ningún caso deben seguir en funciones si no tienen la decencia o el coraje requeridos para ejercer a cabalidad sus altísimas responsabilidades.
La abogada Silviana Tinajero asegura que un juez debe prever la salud de toda persona privada de libertad, pero se debe entender que el Sistema de Rehabilitación Social está colapsado y en las mismas, o peores condiciones, están miles de reclusos. “Aunque el recurso es legítimo y puede ser presentado por cualquier PPL, su familia y su abogado, hay que analizar en qué contexto se lo hace”, dijo.
“Yo tuve un caso de un sentenciado a 9 años por abuso sexual quien padecía cáncer terminal y falleció. Nunca le concedieron el indulto por más que peleamos, ahí, en esos casos, si se debe conceder un habeas corpus porque el juez tiene que garantizar la vida. Recordemos que a las PPL lo único que se les priva es su libertad de tránsito, más no sus derechos como la salud”, sostuvo la jurista.