Cansados de tantos sucesos de inseguridad al interior del Barrio Monserrath segunda etapa, sus dirigentes y moradores, a través de varias asambleas, elaboraron un “Código para la Seguridad Interna del Comité Barrial”, mismo que fue expuesto a la ciudadanía de Otavalo, mediante una rueda de prensa con los medios de comunicación locales.
“Para aplicar este código nos fundamentamos en las normativas jurídicas establecidas en la Declaratoria de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en donde en su artículo 35, dice: Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las responsabilidades de los individuos para con sus comunidades. Además nos basamos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, numerales 1 y 2”, manifestó Alfonso Cachimuel, síndico del barrio.
Entre los acontecimientos que tienen a mal traer a los pobladores de este sector, no sólo figurarían hechos graves, sino actos de irrespeto a la paz interna, como por ejemplo: estudiantes de diferentes establecimientos educativos aledaños que acuden a libar y a consumir sustancias estupefacientes en sus calles, así como ciudadanos en general que protagonizan episodios obscenos, peleas callejeras o que simplemente escuchan música a alto volumen.
“Las autoridades indígenas somos reconocidos tanto por la jurisdicción indígena como por la jurisdicción ordinaria. Ejecutamos las resoluciones de acuerdo con nuestras costumbres, espiritualidad, procedimientos, prácticas, normas y creencias. La facultad de la autoridad indígenas está reconocida y garantizada en la Constitución de la República del Ecuador de 2008”, agregó Cachimuel.
Antes de dar a conocer el procedimiento para la aplicación de este código de seguridad, los dirigentes de Monserrath segunda etapa, llamaron a la reflexión a los ciudadanos locales y extranjeros, para que no acudan a esta localidad a causar problemas o inseguridad.
“Todos son bienvenidos. Las puertas de nuestro barrio están abiertas, siempre y cuando vengan a hacer cosas de provecho. A quienes generen perturbación de la paz, recibirán nuestra justicia indígena, especificando que la justicia indígena no es un castigo, sino una sanación”, expresó el síndico.
En este sentido, las etapas que se desplegarán previo a la aplicación de este código son:
Llaki (problema), que refiere a que las autoridades buscarán una solución integral para restablecer la vida comunitaria.
Willachina (exposición de las partes), la víctima o cualquier persona expondrá el tema de manera oral ante las autoridades indígenas.
Tapuykuna (indagación), es la investigación del tema con variedad de diligencias.
Chimpapurana / Ñawinchina (careo), el acusado tendrá derecho a la legítima defensa, previa presentación de evidencias.
Kishpichirina (resolución), etapa donde se impondrán las sanciones, dependiendo de la gravedad de los hechos.
Paktachina (cumplimiento), aplicación de las resoluciones adoptadas.
Si una persona ha sido encontrada como culpable de cualquier acto de inseguridad, como: peleas, libaciones, robos, asesinatos, etc; independientemente de si se decide aplicar la justicia indígena, la sanción puede abarcar multas económicas establecidas por la asamblea comunitaria, siendo estas las siguientes: USD 100 por encontrarse dentro de la jurisdicción indígena sin la respectiva autorización. Si el ciudadano trata de agredir verbal o físicamente a cualquier miembro del directorio o morador, recibirá ambas sanciones.