Daniel Noboa, presidente de Ecuador, sustentado en la idea de que los recursos y atenciones debieron darse siempre de manera prioritaria a toda la ciudadanía, presentó una reforma parcial a la Constitución para la eliminación de las personas privadas de libertad de los grupos prioritarios.
Esta propuesta fue presentada la noche del 6 de noviembre de 2024, desde los canales oficiales de la Presidencia de Ecuador.
Noboa busca reformar los artículos 35 y 51 de la Constitución de la República. El planteamiento se fundamenta en el “sentido de justicia e igualdad en la distribución de recursos y atenciones estatales”.
Las reformas parciales a la Constitución propuestas por el Presidente Noboa se enviarán a la Corte Constitucional para su revisión. Luego, la Asamblea Nacional deberá tramitar el proceso.
El artículo 35 de la Constitución señala que «las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado».
El artículo 51 de la Constitución ecuatoriana, por su parte, reconoce los derechos de las personas privadas de la libertad, entre ellos el que no puedan ser sometidas a aislamiento como sanción disciplinaria o garantizar la comunicación y visita de sus familiares y profesionales del derecho.