sábado, 20 junio 2026
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Un ciclista fue impactado en la parte posterior por un automóvil tipo todoterreno que lo arrojó fuertemente contra el pavimento. El accidente ocurrido este martes 13 de enero de 2026, en la avenida Real Audiencia, norte de Quito; fue registrado en una cámara de videovigilancia y publicado en la red social X. El conductor del automóvil que lo atropelló no se detuvo a socorrerlo.

El usuario @LicHannibal, quien publicó el video, calificó este hecho como «un intento de asesinato» y la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) respondió al mensaje afirmando que las imágenes les habrían permitido comunicarse con el ciclista para poder recabar elementos que nos permitan realizar la investigación y continuar con el procedimiento correspondiente de acuerdo a nuestras competencias. Inmediatamente, las reacciones comenzaron en X.

Usuarios afirmaban que el conductor puso estar distraído y que no vio al ciclista. Otros llamaban la atención a quienes circulan en bicicleta para  hacerlo usando ciclovías y no exponerse en avenidas.

La Secretaría de Movilidad registra 173 siniestros con ciclistas entre 2021 y 2025 en el Distrito Metropolitano, un promedio de 35 incidentes anuales.

En horas de la tarde, la AMT se pronunció, mediante un comunicado, respecto a las medidas tomadas. «Cero tolerancia con los conductores que ponen en riesgo la vida de los demás actores viales. Nuestros agentes actuaron de inmediato y guiaron el proceso para que la denuncia sea presentada en la Fiscalía», postearon.

El Artículo 152 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) de Ecuador se refiere a las Lesiones, estableciendo sanciones según la gravedad, como pena privativa de libertad de 30 a 60 días si la víctima sufre un daño, enfermedad o incapacidad de 4 a 8 días; si la incapacidad es menor a 3 días, puede considerarse una contravención. El delito castiga a quien, intencionalmente, lesione a otra persona, con penas que varían según la duración y consecuencias de la lesión, contemplando también circunstancias agravantes. 

El Art. 379 del COIP ecuatoriano se refiere a las lesiones causadas por accidentes de tránsito, estableciendo que se aplican las penas reducidas en un cuarto de la pena mínima, con rebaja de puntos en la licencia, y sanciones más graves si hay embriaguez o drogas.

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