La Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo fue aprobada el pasado martes 19 de diciembre, con 107 votos, por la Asamblea Nacional y se encuentra en plena vigencia, una vez que al día siguiente se publicó en el Suplemento del Registro Oficial No. 461. Este cuerpo legal fue calificado como urgente en materia económica.
Objetivos
Esta ley tiene como objetivo impulsar de manera inmediata el empleo, incremento de la recaudación tributaria e incentivo de la inversión. Además, crea incentivos tributarios para promover la generación de empleos, otorga seguridad jurídica para la inversión a través de Asociaciones Público–Privadas, que mejoren la infraestructura y los servicios; y, el fortalecimiento de las Zonas Francas para impulsar el comercio y la producción.
Entre otros aspectos, establece que las nuevas inversiones en proyectos turísticos de mínimo 100 mil dólares gozarán de una exoneración del impuesto a la renta de esa inversión, por un período de 7 años.
También otorga la remisión del 100 % de intereses, multas o recargos derivados de obligaciones pendientes de pago, relacionadas con créditos educativos otorgados por cualquier institución pública o por el Instituto de Fomento al Talento Humano. La misma incluye a Gobiernos locales, como municipios, prefecturas y juntas parroquiales.
La Agencia Nacional de Tránsito, el Servicio para Accidentes, y las Prefecturas también podrán aplicar una condonación similar.
La “Autoretención”
Dentro de la reforma tributaria se encuentra también considerada la posibilidad de que a 499 empresas consideradas por el Servicio de Rentas Interna (SRI) como grandes contribuyentes no se les realizará retenciones del Impuesto a la Renta, en su lugar estas empresas deberán realizar la autoretención, del impuesto de forma mensual, sobre el total de sus ingresos grabados obtenidos dentro de ese mes. El mismo se establecerá de acuerdo a un porcentaje que determine el SRI y no podrá exceder del 3%.
Empleo
En temas de empleo, el contribuyente que genere incremento de plazas de trabajo para jóvenes entre 18 y 29 años de edad, así como para las personas obligadas a pagar pensiones alimenticias, tendrán una deducción adicional del 50 % respecto del gasto de sueldos y salarios, sobre los que se haya aportado a la Seguridad Social. Además, la deducción será del 75 % si se trata de personas que hayan cumplido una pena privativa de la libertad superior a un año, o a sus cónyuges o parejas en unión de hecho.
En otro tema, el contribuyente que reporte un incremento neto de plazas de trabajo para el sector de la construcción y la agricultura tendrá una deducción adicional de 75% respecto del gasto de sueldos sobre los que se haya aportado a la seguridad social.
Devolución IVA pagado
El artículo 21 de la ley se detalla la devolución del IVA para proyectos inmobiliarios. Las personas naturales y las sociedades que hubiesen pagado el IVA en las adquisiciones locales o importaciones de bienes y servicios para la construcción, tienen derecho a su devolución, sin intereses, en un tiempo no mayor a 90 días, a través de la emisión de la respectiva nota de crédito. Los proyectos deberán ser registrados por el ministerio del ramo.
Zonas francas
Un capítulo especial está dedicado a las Zonas Especiales de Desarrollo Económico que son un área geográfica delimitada dentro del territorio nacional que, por efectos de esta ley, está sujeta a los regímenes de carácter especial determinadas en materias de comercio exterior, aduana, tributaria, financiera, agroindustrial y tecnológico.