México solicita un salvoconducto para Jorge Glas, sentenciado por peculado, invocando la Convención de Caracas de 1954, que obliga a Ecuador a facilitar el asilo diplomático. Puntos a considerar: México refuerza su tradición humanista, protege a un asilado por presunta persecución política y apela al derecho internacional, respaldado por la CIDH. Ecuador, al contrario, considera ilícito el asilo, argumentando que Glas es un condenado por corrupción, no un perseguido político, y ve la solicitud como injerencia. Esto tensa las relaciones bilaterales, ya rotas tras el asalto a la embajada mexicana en 2024, y complica el litigio en la Corte Internacional de Justicia. La opinión pública está dividida: en México, se apoya la postura humanitaria; en Ecuador, se critica por defender a un sentenciado. El caso refleja el dilema entre justicia nacional y asilo internacional. Cuidado y el implicado se convierte en un trofeo político y se pierda toda coherencia.